Desde el 1 de marzo de 2026, todo comercio que emite boletas electrónicas debe entregar una copia impresa o virtual de cada venta, cualquiera sea el dispositivo con que la emita. Es el tercer ajuste del Servicio de Impuestos Internos (SII) a la boleta desde mayo de 2025, y la app gratuita e-Boleta ya incorpora los tres.
Respuesta rápida: La e-Boleta es la aplicación gratuita del Servicio de Impuestos Internos (SII) para emitir boletas electrónicas de ventas y servicios, afectas y exentas, desde el celular. Pueden usarla contribuyentes de primera categoría con inicio de actividades vigente. La boleta electrónica es obligatoria desde 2021 y hoy cada venta exige entregar copia impresa o virtual.
- Obligatoria desde 2021: el 1 de enero para facturadores electrónicos y el 1 de marzo para el resto de los contribuyentes.
- Copia en cada venta: desde mayo de 2025 (y para todos desde marzo de 2026) el vendedor entrega la boleta impresa o virtual.
- Boleta nominativa: desde el 1 de septiembre de 2025, toda boleta de 135 UF o más lleva nombre, RUT y forma de pago del comprador.
- Efectivo y transferencia: siempre se emite boleta, cualquiera sea el modelo de emisión declarado.
- Errores: una boleta mal emitida se corrige con nota de crédito electrónica.
- Multa: no emitir boleta se sanciona con 50% a 500% del monto de la venta, con un mínimo de 2 UTM.
¿Qué es la e-Boleta y en qué se diferencia de la boleta electrónica?
La e-Boleta es la aplicación móvil gratuita del SII que sirve para emitir boletas electrónicas de ventas y servicios. La boleta electrónica, en cambio, es el documento tributario que registra una venta a un consumidor final, y existe en dos tipos: afecta a IVA y exenta.
La boleta respalda la venta y el ingreso del vendedor. Para quien compra, es el comprobante que le permite pedir un cambio, una devolución o hacer valer una garantía. Cuando el comprador es una empresa que necesita usar el IVA como crédito fiscal, corresponde emitir factura electrónica.
Si prestas servicios como persona natural, tu documento es otro: la boleta de honorarios. Revisa las diferencias entre boleta de honorarios y boleta de servicios antes de elegir.
¿Quién está obligado a emitir boleta electrónica?
Todo contribuyente que vende bienes o servicios a consumidores finales debe emitir boleta electrónica desde 2021, según las Leyes N°21.210 y N°21.256. La obligación partió el 1 de enero de 2021 para quienes ya eran facturadores electrónicos y el 1 de marzo de 2021 para el resto, según las preguntas frecuentes del SII.
Desde esa fecha, la boleta de papel timbrada dejó de ser una opción válida.
¿Qué necesitas para usar la app e-Boleta?
Para usar la app e-Boleta necesitas ser contribuyente de primera categoría, tener inicio de actividades vigente e inscribirte antes en el sitio web del SII, según la ficha oficial de la app. Si aún no formalizas tu negocio, parte por esta guía para crear una microempresa en Chile.
Además, todo emisor de boletas debe declarar su modelo de emisión en sii.cl (Servicios online, Boleta de ventas y servicios electrónica). Ese modelo define si el voucher de tarjeta reemplaza a la boleta en tu negocio.
¿Cómo emitir una boleta electrónica en la app e-Boleta paso a paso?
Emitir una boleta en la app e-Boleta toma seis pasos y se hace desde el celular:
- Descarga e-Boleta desde Google Play, App Store o AppGallery.
- Ingresa con tu RUT y clave tributaria del SII.
- Elige el tipo de boleta: afecta o exenta.
- Ingresa el monto y el detalle del producto o servicio. Si la venta llega a 135 UF, agrega nombre, RUT y forma de pago del comprador.
- Revisa el borrador y toca Emitir.
- Entrega la copia: impresa, o virtual por correo, WhatsApp o código QR.
La app permite seguir emitiendo cuando la conexión a internet se corta, según el SII. También puedes autorizar a otros usuarios para que emitan a nombre de tu empresa.
¿Qué cambió en la boleta electrónica entre 2025 y 2026?
Entre mayo de 2025 y marzo de 2026, el SII agregó tres obligaciones a la boleta electrónica:
|
Desde |
Qué cambió |
A quién aplica |
|---|---|---|
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1 de mayo de 2025 |
Entregar copia impresa o virtual de la boleta o voucher en cada venta presencial (Resolución N°12 de 2025) |
Comercios con dispositivos de impresión |
|
1 de septiembre de 2025 |
Boleta nominativa: nombre, RUT, forma de pago y detalle en ventas de 135 UF o más (Resolución N°44 de 2025) |
Todo emisor de boletas afectas y exentas |
|
1 de marzo de 2026 |
Entregar copia impresa o virtual en cada venta |
Comercios con cualquier otro dispositivo |
Si entregas la copia virtual, debes poder mostrar las boletas emitidas en tu celular u otro dispositivo cuando un fiscalizador lo pida. Está prohibido dividir una venta en varias boletas para quedar bajo las 135 UF.
¿Cuándo emito boleta y cuándo basta el voucher?
Siempre debes emitir boleta electrónica cuando te pagan en efectivo o por transferencia, según el SII. Con pagos con tarjeta, depende del modelo que declaraste:
- "No emito boleta cuando recibo un pago electrónico": el voucher vale como boleta.
- "Siempre emito boleta": emites boleta también en las ventas con tarjeta.
¿Qué datos debe tener una boleta electrónica?
Toda boleta electrónica debe identificar al emisor, detallar la venta e incluir el timbre electrónico del SII. En la práctica, eso significa:
- Nombre o razón social y RUT del emisor.
- Tipo de documento, folio y fecha de emisión.
- Detalle de los productos o servicios.
- Monto total, con el IVA informado por separado en la boleta afecta.
- Timbre electrónico.
El RUT del comprador solo es obligatorio en ventas de 135 UF o más. Bajo ese monto es opcional.
¿Cómo se anula una boleta electrónica?
Una boleta electrónica se anula o corrige emitiendo una nota de crédito electrónica asociada a ella. Emitir una segunda boleta por la misma venta duplica el débito de IVA y deja un error en tu registro de ventas.
¿Qué multa arriesga una pyme por no emitir boleta?
No emitir boleta, o emitirla de forma distinta a la exigida, se sanciona con una multa de 50% a 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA, según el artículo 97 N°10 del Código Tributario. La misma norma permite clausurar el local hasta por 20 días.
El comprador que no exige su boleta también arriesga una multa de hasta 1 UTM, según el artículo 97 N°19.
¿Basta con la app e-Boleta o conviene un software de gestión?
La app e-Boleta basta para emitir pocas boletas al día desde un solo celular. Un software de gestión conviene cuando necesitas que cada venta se refleje sola en tu flujo de caja, tu IVA y tu inventario.
Tres señales de que llegaste a ese punto:
- Pasas horas cuadrando boletas, facturas y la cartola a fin de mes.
- Te enteras del IVA a pagar recién cuando llega el Formulario 29.
- Vendes por varios canales (local, redes sociales, transferencias) y pierdes el registro.
Preguntas frecuentes sobre la e-Boleta
¿La app e-Boleta tiene costo? No. La app e-Boleta del SII es gratuita y está disponible en Google Play, App Store y AppGallery.
¿Puedo emitir boletas con la app e-Boleta sin internet? Sí. La app e-Boleta permite seguir emitiendo boletas cuando la conexión a internet se interrumpe; la versión web del SII sí requiere conexión.
¿Tengo que pedir el RUT a mi cliente? Solo en ventas de 135 UF o más. Desde el 1 de septiembre de 2025, esas boletas deben incluir nombre, RUT y forma de pago del comprador.
¿Puedo enviar la boleta electrónica por WhatsApp? Sí. La copia virtual por WhatsApp, correo o código QR cumple la obligación de entrega, siempre que puedas mostrar la boleta si el SII la solicita.
¿Es lo mismo la e-Boleta que la boleta de honorarios? Son documentos distintos. La e-Boleta emite boletas de ventas y servicios de contribuyentes de primera categoría; la boleta de honorarios la emiten personas que prestan servicios profesionales.
Este artículo es orientación general y no reemplaza la asesoría de tu contador. Revisa siempre la normativa vigente en sii.cl.
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