Si eres proveedor del Estado o estás pensando en serlo, es probable que hayas escuchado sobre la Ley 21.634 modernización de la ley 19.886 y el nuevo reglamento Ley de Compras. Pero, ¿qué significa realmente esto para tu negocio? ¿Cómo afecta tus postulaciones diarias?
El Estado es, sin duda alguna, el mayor comprador del país. Para miles de emprendedores y empresas chilenas, venderle al sector público no es solo una oportunidad de negocio, es un motor de crecimiento vital.
Sin embargo, las reglas del juego están evolucionando. Con la reciente modernización de las compras públicas, entender el marco normativo es fundamental.
La ley de compras públicas es fundamental para que la administración utilice los recursos de forma eficiente y responsable.
Su reglamento desarrolla las bases sobre contratos administrativos, entregando un marco claro y operativo para la contratación pública, y es un pilar esencial para el funcionamiento eficiente y transparente del Estado.
El nuevo reglamento ley de compras publicado a través del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda marca un cambio estructural en la modernización del sistema de adquisiciones estatales.
Su objetivo principal es operacionalizar la Ley N°21.634, conocida como la Modernización de la Ley 19.886, mejorando la eficiencia, transparencia y competitividad del sistema de compras públicas en Chile.
Este reglamento actualiza el marco legal bajo el cual operan los organismos del Estado, ordenando los procedimientos de contratación pública, introduciendo nuevas modalidades de compra y reforzando la probidad.
Con ello, el país avanza hacia un modelo de contratación estatal más ágil, seguro y accesible, tanto para grandes proveedores como para PYMES.
La entrada en vigencia del reglamento implica también nuevos deberes para los organismos públicos, desde revisar sus bases hasta adoptar plataformas electrónicas actualizadas, lo que abre un escenario completamente renovado en el Mercado Público.
El reglamento de compras públicas en Chile profundiza la modernización impulsada por la Ley 21.634, poniendo el foco en la actualización de los procedimientos de compra, el impulso a la participación de las Empresas de Menor Tamaño, el fomento de la innovación, el refuerzo de la transparencia y la probidad, y el fortalecimiento tanto del registro de proveedores como del rol de la Dirección de Compras.
En este contexto, se consolida la licitación pública como regla general y se redefinen las modalidades especiales para ordenar mejor el sistema y reducir espacios de discrecionalidad.
Entre sus principales cambios y novedades destacan:
Para las empresas proveedoras, esto se traduce en la necesidad de adaptarse a criterios de evaluación más exigentes, cuidar su historial de cumplimiento y operar en un entorno donde la trazabilidad y la rendición de cuentas pesan cada vez más en la decisión de adjudicar.
El reglamento reordena las modalidades de compra, manteniendo la licitación pública como regla y regulando de forma más detallada los procedimientos especiales como la compra ágil, el trato directo y la subasta inversa electrónica.
En la nueva regulación de Compra Ágil, la primera etapa de estos procesos queda reservada exclusivamente para las Empresas de Menor Tamaño, de modo que sean ellas las primeras en acceder a estas oportunidades.
Además, el tope de la Compra Ágil se incrementa desde 30 a 100 UTM, lo que en la práctica amplía de forma importante el tamaño de las adquisiciones a las que pueden llegar mediante este canal simplificado.
El nuevo reglamento aclara cuándo se puede usar esta modalidad, distinguiendo casos justificados, situaciones de emergencia o cuando exista un único proveedor. La idea es evitar abusos y fortalecer la rendición de cuentas.
Esta modalidad incentiva la competencia, permitiendo que los proveedores presenten ofertas sucesivas a la baja. Es especialmente relevante para la compra de insumos estandarizados. Ofrece eficiencia, transparencia y oportunidades de negocio para empresas competitivas.
Un caso reciente de uso de subasta inversa electrónica fue el proceso de Carabineros de Chile en Mercado Público para adquirir lubricantes, donde varios proveedores compitieron bajando sus precios en línea, logrando mejores condiciones económicas para el Estado.
En línea con el fomento a MIPYMES e innovación establecido por la Ley 21.634, el reglamento incorpora reglas específicas para facilitar la participación de empresas de menor tamaño y proveedores locales en los procedimientos de contratación pública.
Entre las herramientas consideradas se encuentran mecanismos como la unión temporal de proveedores, segmentación de contratos y lineamientos que permiten introducir criterios de desarrollo económico local e innovación en las bases de licitación.
Asimismo, se impulsa la innovación en compras públicas y la economía circular al permitir que las bases contemplen preferencias u otros criterios relacionados con nuevas tecnologías, soluciones creativas y mejora de procesos que aumenten la eficiencia y reduzcan impactos ambientales.
Esto abre oportunidades de negocio para empresas que desarrollan soluciones tecnológicas, modelos de servicios más eficientes o propuestas sostenibles, siempre que sean capaces de acreditarlo en su oferta técnica.
Otro punto vital es la economía circular en compras públicas, alineando las compras del Estado con la sostenibilidad ambiental.
La probidad y la transparencia ocupan un lugar central en la modernización del sistema de compras públicas, y el nuevo marco normativo refuerza estos principios con obligaciones mucho más concretas para organismos y funcionarios.
Se avanza desde una regulación más estricta de los tratos directos y de los conflictos de interés, hacia exigencias claras de publicidad y trazabilidad: las entidades deben informar la nómina de todas las personas que intervienen en los procesos de compra y en la ejecución de los contratos, y los funcionarios tienen el deber de presentar y actualizar periódicamente su declaración de patrimonio e intereses.
A esto se suman mayores exigencias de transparencia respecto de los beneficiarios finales de las empresas que venden al Estado, lo que permite identificar quién está realmente detrás de las sociedades proveedoras y reduce espacios para prácticas indebidas.
El Registro de Proveedores del Estado pasa a ser un requisito de participación más exigente, pues la Ley 21.634 hace obligatoria la inscripción para contratar con el Estado y el reglamento precisa las condiciones de ingreso, permanencia, suspensión e inhabilidad.
Se incorporan estándares de idoneidad técnica y financiera, de modo que las entidades compradoras puedan confiar en que quienes figuran en el registro cumplen un umbral mínimo de capacidad y cumplimiento, mejorando la seguridad en licitaciones.
Además, se detallan criterios de evaluación de ofertas que refuerzan la importancia de aspectos técnicos, económicos y de cumplimiento, y se exige justificación clara de las ponderaciones y resultados utilizados en la selección de la oferta más conveniente.
Para muchas empresas, esto implica robustecer documentación, acreditar mejor su experiencia y cuidar indicadores asociados a cumplimiento y desempeño contractual, que pueden incidir tanto en su permanencia en el registro de proveedores como en su competitividad en futuras licitaciones.
La aplicación del reglamento de compras genera un nuevo escenario para quienes participan en licitaciones.
Por un lado, se elevan las exigencias y aumenta la formalidad de los procesos; por otro, se crean oportunidades concretas mediante procedimientos de compra más accesibles, modalidades más flexibles y criterios de selección menos sesgados hacia actores grandes.
Para muchas empresas, especialmente pymes, la modernización abre el camino a ampliar su cartera de clientes y explorar nuevas líneas de negocio. Para ordenar mejor tu proceso interno de participación, te puede servir esta guía práctica sobre cómo postular en licitaciones de Mercado Público.
Proveedores que antes no podían competir ahora pueden hacerlo mediante procesos simplificados, al tiempo que plataformas de contratación electrónica favorecen mayor exposición y nuevas oportunidades de negocio.
Las garantías técnicas digitales de Maxxa permiten responder a exigencias como la garantía de seriedad de la oferta o de fiel cumplimiento sin inmovilizar capital de trabajo, ayudando a que más pymes puedan competir en igualdad de condiciones.
Para adaptarse al nuevo reglamento ley de compras, los proveedores deberían considerar:
Herramientas digitales como el Recomendador de Licitaciones gratuito de Maxxa pueden ayudarte a filtrar procesos que se ajustan al giro y capacidades de tu empresa, priorizando aquellas licitaciones donde tienes más posibilidades reales de adjudicación y aprovechando mejor las oportunidades para empresas que abre el sistema de compras públicas modernizado.
Al mismo tiempo, apoyar tu estrategia con soluciones de garantías y financiamiento como las que ofrece Maxxa, te permite cumplir requisitos como el monto de garantía sin comprometer tu liquidez, lo que es crítico para sostener el cumplimiento de los contratos.
El nuevo reglamento de la Ley de Compras Públicas, contenido en el Decreto 661/2024, entró en vigencia el 12 de diciembre de 2024, coincidiendo con su publicación en el Diario Oficial. Desde esa fecha rige como marco principal para los procedimientos de contratación regulados por la Ley 19.886, aunque ciertas disposiciones específicas contemplan períodos de implementación gradual o ajustes transitorios para que los organismos públicos adapten sus procesos internos y sistemas a las nuevas exigencias.
Se refuerza la licitación pública como regla general, se regulan con mayor detalle modalidades de compra modernizadas como la compra ágil, la subasta inversa electrónica y los procedimientos especiales, y se restringen varias causales de trato directo para asegurar que sigan siendo excepciones a la licitación.
La inscripción pasa a ser obligatoria para contratar con el Estado y se introducen requisitos de idoneidad técnica y financiera, además de causalidades de suspensión, inhabilidad y eliminación del registro, lo que transforma este registro de proveedores en un filtro clave de acceso al sistema.