Después de meses en trámite, la megarreforma propuesta por el oficialismo cruzó su trámite decisivo en la Cámara y su núcleo económico ya está listo para ser promulgado. Para tu pyme, implica dos cosas que debes tener presentes: por un lado, baja el Impuesto de Primera Categoría, y por otro, introduce dos cambios en las reglas del crédito que aún se están definiendo: la prohibición del anatocismo y el derecho al olvido financiero.
Por eso, en esta edición del MaxxaNews te explicamos qué está en juego y qué conviene tener ordenado antes de que la ley se publique.
Hoy, Nathalie de Bruijn, Abogada de Maxxa, responde a tus preguntas.
¿Qué es la megarreforma y en qué etapa está?
Es un paquete grande de medidas presentado por el Ejecutivo para reactivar la economía y el empleo. Incluye reconstrucción de zonas afectadas, una rebaja de impuestos a las empresas, más facilidades para permisos e inversión y ajustes fiscales.
A julio de 2026, sus ejes centrales ya fueron aprobados por el Congreso y queda pendiente un punto acotado en comisión mixta. Lo importante para ti: el Gobierno está evaluando presentar vetos sobre algunas normas que se sumaron durante la tramitación (entre ellas el anatocismo, el olvido financiero y el pago a 30 días).
¿Qué gano yo? La rebaja del impuesto a las empresas
Este cambio es el más favorable y aplica a todas las empresas sin distinguir tamaño. La rebaja del Impuesto de Primera Categoría deja la tasa permanente en 23% desde el año comercial 2029. Lo que te conviene entender es desde dónde parte tu caso, porque eso depende del régimen en que tributas.
Si tributas en régimen general (donde están las empresas medianas y grandes, y también algunas pymes), hoy tu tasa es 27% y baja por tramos hasta 23%:
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Ojo, que según la Circular N°53/2025 del SII, si tributas en régimen Pro Pyme, tu punto de partida es más bajo: cuentas con una tasa transitoria rebajada de 12,5% para 2026 y 2027. El aporte de la mega reforma para ti llegará en el largo plazo, porque deja la tasa permanente en 23% desde 2029, mejor que el 25% que estaba planificado.
Esta tasa transitoria proviene de la Ley N°21.755 y está condicionada al avance de la cotización adicional del empleador que crea la Ley N°21.735 (reforma previsional) — un requisito que, según el propio SII, se cumple automáticamente para todas las pymes acogidas según el calendario nacional, sin que debas gestionar nada adicional por tu cuenta.
Para dimensionar el alivio, tomemos una empresa del régimen general con $30.000.000 de utilidades en el año:
- Hoy (27%) paga $8.100.000 de Impuesto de Primera Categoría.
- Con la tasa de 23%, pagaría $6.900.000.
Siguiendo el ejemplo, eso es $1.200.000 menos al año. Si tributas en Pro Pyme, con la tasa transitoria de 12,5% tu impuesto es todavía menor.
¿Qué es el anatocismo y por qué se discute?
Anatocismo es el nombre técnico del cobro de intereses sobre intereses. Ocurre cuando los intereses que genera una deuda se suman al capital y, a partir de eso, generan nuevos intereses. Hoy el artículo 9° de la Ley N° 18.010 lo permite cuando las partes lo pactan y la capitalización no ocurre en períodos menores a 30 días.
La norma aprobada en el Congreso busca prohibirlo y tiene el objetivo de proteger a quienes se atrasan. Sin embargo, el Banco Central y la CMF advirtieron que una prohibición total reordenará el costo del crédito sin bajarlo: al no poder capitalizar, el oferente ajustaría hacia arriba el costo simple y el total podría terminar siendo igual o más alto. También señalan que quedarían restringidas herramientas habituales como las repactaciones, los períodos de gracia y las cuotas flexibles. Por eso el Gobierno evalúa vetar esta norma.
Para tu pyme, el punto clave es este: si esta prohibición queda tal cual, renegociar o reprogramar una deuda podría volverse más difícil o más caro.
Los números del Banco Central: qué pasaría producto por producto
El propio Banco Central puso cifras sobre la mesa para mostrar cómo se reordena el costo del crédito cuando se prohíbe capitalizar. Tres ejemplos, con productos que tu pyme reconoce:
- Línea de crédito. Un crédito de $2.000.000 a 12 meses a 2,70% mensual. Con la prohibición, para compensar lo que ya no se puede capitalizar, la tasa sube a 3,14% mensual. El costo total en intereses termina siendo el mismo en ambos escenarios: $753.438. El cliente paga lo mismo, con una tasa que a la vista se ve más cara.
- Crédito en cuotas. El mismo crédito de $2.000.000 a 12 meses, pero ahora quien presta se anticipa a un posible atraso de 3 cuotas. Como no sabe de antemano quién se atrasará, sube la cuota y la tasa desde el inicio para todos: la cuota pasa de $197.343 a $200.273 y los intereses totales de $368.115 a $403.273. Son $35.158 más que pagan todos los clientes, incluso los que nunca se atrasan. Este es el punto clave: el buen pagador termina cubriendo el riesgo del que se atrasa.
- Depósito a plazo. El anatocismo también aparece en el ahorro. Un depósito de $10.000.000 a 5 años al 5%: con capitalización llega a $12.762.816; sin poder capitalizar, a $12.500.000. El ahorrante pierde $262.816. Si tu pyme guarda excedentes en depósitos, esto también te toca.
En los tres casos, el costo del no pago se traslada a quien cumple. Y hay un efecto adicional que preocupa a los reguladores: cuando la tasa tendría que subir por encima de la tasa máxima convencional, la salida más simple para quien presta es dejar de prestar a los casos más riesgosos, cerrando el acceso justo a quien más lo necesita.
Estos ejemplos provienen de una minuta técnica que el Banco Central envió a la Comisión de Hacienda del Senado el 22 de junio de 2026, según reportó La Tercera el 20 de julio de 2026.
¿El derecho al olvido financiero elimina mis deudas?
No. La norma obliga a las instituciones financieras a eliminar de sus registros, y de los que comparten con terceros como los boletines comerciales o el conocido Dicom, la información de deudas antiguas impagas o ya prescritas de personas naturales una vez transcurridos 5 años. Además, les prohíbe usar esa información para negar créditos, cuentas u otros productos, y las obliga a justificar por escrito un rechazo.
La promesa es una segunda oportunidad para quienes quedaron marcados por un mal momento. La contracara, según los reguladores, es que con menos historial disponible para medir el riesgo las instituciones podrían volverse más exigentes con las garantías, lo que haría el acceso más difícil para todos.
¿Y el pago a 30 días?
Entre los puntos en debate hay uno que juega directamente a favor de tu caja: una norma que apunta a garantizar el pago oportuno a las pymes en 30 días. Lo cierto es que, si un cliente te paga a 60, 90 o 120 días, estás financiando su capital de trabajo con el tuyo. Acortar ese plazo ataca la raíz del problema de liquidez. Este también es uno de los puntos que el Ejecutivo está evaluando dentro del paquete, así que su suerte todavía no está sellada.
Entonces, ¿qué hacer?
- Sigue la noticia sin tomar decisiones apuradas: el texto todavía puede cambiar antes de convertirse en ley.
- Regulariza tu situación a tiempo. Si arrastras una deuda, ponte al día antes de que los intereses sigan aumentando. Actuar temprano siempre abre más opciones.
- Revisa tu régimen tributario con tu contador para aprovechar bien la rebaja de impuestos que viene en camino.
- Recalcula tu flujo de caja proyectando el nuevo escenario de impuestos y un acceso al crédito que podría ponerse más exigente.
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