Trato Directo Mercado Público: Qué Debes Saber
Crecimiento y estrategia empresarial • Dec 12, 2025 1:05:21 PM
Realizar compras públicas en Chile implica seguir procedimientos formales que garanticen transparencia, competencia y el buen uso de los recursos del Estado. Sin embargo, existen situaciones en las que se utilizan otros mecanismos para compras públicas, como por ejemplo el Trato Directo.
Aunque se trata de una modalidad excepcional dentro del Mercado Público chileno, su uso es frecuente en situaciones específicas donde una licitación abierta no resulta eficiente o posible, como emergencias, proveedor único o ciertas condiciones definidas en la normativa.
¿Qué es el Trato Directo en Mercado Público?
El trato directo es un procedimiento excepcional de contratación pública directa, previsto en la Ley de Compras Públicas (Ley 19.886), que permite a un organismo del Estado adquirir bienes y servicios de un solo proveedor sin pasar por una licitación pública, siempre que se configure alguna de las causales de aplicación del trato directo previstas en la ley.
Aunque sea una modalidad singular y restringida, debe igualmente cumplir con los requisitos y estándares de transparencia, trazabilidad y rendición de cuentas.
Por eso, este mecanismo exige que el organismo comprador demuestre, mediante un acto administrativo, que se cumplen las condiciones que autoriza la normativa, asegurando así un equilibrio entre flexibilidad y legalidad administrativa.
Su objetivo principal es dar agilidad administrativa en situaciones específicas, como emergencias, proveedor único, servicios altamente especializados o adquisiciones de bajo monto, donde un procedimiento general con competencia abierta y ofertas múltiples resultaría desproporcionado o ineficiente.
Para las empresas que participan en el Mercado Público, comprender qué es el trato directo y cuándo puede utilizarse les ayuda a identificar oportunidades de contratación singular y a preparar una argumentación legal coherente cuando el organismo evalúa esta modalidad excepcional de contratación.
Según datos oficiales, las compras realizadas mediante Licitaciones Públicas crecieron 7,5 puntos porcentuales, pasando de 63,8% en 2023 a 71,3% en 2024 sobre el total de montos transados, mientras que los Tratos Directos disminuyeron 6,3 puntos porcentuales, desde 26% a 19,7% en el mismo período, lo que refleja una política activa de reducción del uso de esta modalidad excepcional y un refuerzo de la competencia abierta. (Fuente)
Causales de aplicación del Trato Directo
Las causales están definidas en la normativa y deben estar sustentadas. Entre las más comunes se encuentran:
- Existencia de un solo proveedor para el bien o servicio requerido, ya sea por razones técnicas, de especialización, patentes o derechos de propiedad que impiden contar con alternativas equivalentes reales.
- Licitación privada o pública desierta, cuando no hubo interesados o todas las ofertas presentadas fueron declaradas inadmisibles, habiéndose efectuado previamente un procedimiento competitivo.
- Situaciones de emergencia, urgencia o hechos imprevistos que, mediante una resolución fundada, se califiquen como tales y hagan necesario atender una necesidad pública de forma inmediata, sin que resulte razonable esperar los plazos normales de una licitación.
- Cuando, por la relevancia y el impacto del contrato, resulta necesario elegir a un proveedor específico porque su trayectoria y experiencia acreditada entregan un nivel de confianza y seguridad que ningún otro proveedor disponible puede ofrecer en las mismas condiciones.
- Compras de menor cuantía, en ciertos supuestos regulados (por ejemplo, adquisiciones bajo determinados umbrales en UTM vinculadas a fines de alto impacto social), siempre que igualmente exista resolución fundada y se respete la publicidad.
- Contrataciones vinculadas a servicios confidenciales, seguridad del Estado o materias especialmente sensibles, en las que la normativa permite restringir la competencia abierta por razones de seguridad nacional u otros intereses superiores.
Puedes conocer Cómo postular en licitaciones de Mercado Público leyendo este artículo.
Procedimiento excepcional y requisitos de justificación
El trato directo es un procedimiento excepcional de contratación que exige una resolución fundada para trato directo, dictada por la autoridad competente del organismo, donde se describan las circunstancias de hecho, la causal invocada y las razones que justifican la decisión, cumpliendo con el requerimiento de justificación legal que exige la Ley de Compras Públicas para activar esta modalidad excepcional de contratación.
Esa resolución es un acto administrativo que debe incorporar una justificación de causales detallada, citando la normativa aplicable, el objeto de contratación (bienes, servicios, consultorías u obras) y, cuando corresponda, informes técnicos que respalden la exclusividad de bienes, la especialidad del servicio o la situación de emergencia.
Además, la autoridad debe acreditar causales de trato directo con documentos verificables (cotizaciones en Mercado Público, informes de mercado, respaldos técnicos), y dejar constancia de que se evaluó el procedimiento general de licitación pública versus trato directo, justificando por qué este último resulta razonable y ajustado a legalidad administrativa.
La falta de fundamentación suficiente puede ser observada por la Contraloría General de la República en la toma de razón, o incluso dar lugar a auditoría y eventuales sanciones para el organismo.
En términos prácticos, esto significa que el uso del trato directo debe ser una respuesta a situaciones específicas y debidamente justificadas, no una forma de eludir la competencia abierta ni de favorecer indebidamente a determinados proveedores de Mercado Público.
Si quieres entender mejor los distintos tipos de licitación (L1, LE, LP, LQ, LR), puedes revisar este artículo donde se explican sus rangos de montos, plazos y requisitos.
Procedimiento para realizar un Trato Directo en ChileCompra
El proceso para ejecutar un trato directo implica varias etapas que garantizan control y transparencia.
El flujo general considera lo siguiente:
- Identificación de una causal legal: El organismo detecta una situación específica (emergencia, proveedor único, etc.) que imposibilita un procedimiento general.
- Acreditación documental: Se recopilan informes, certificaciones, estudios comparativos y todo antecedente necesario para fundamentar un trato directo.
- Elaboración del acto administrativo: Se redacta la resolución fundada señalando el proveedor, el monto, la causal y los motivos de exclusión del proceso competitivo.
- Aprobación de trato directo: Dependiendo del monto y del organismo, puede requerirse la toma de razón por parte de la Contraloría General.
- Carga de antecedentes en la plataforma de compras: El comprador publica la decisión y los documentos en el sistema de Mercado Público.
- Generación de la orden de compra: Una vez finalizado el proceso, se emite la orden para ejecutar la contratación.
Este procedimiento es esencial para asegurar que la contratación directa se utilice correctamente y que los organismos públicos puedan demostrar que actuaron conforme a la ley. También garantiza que los proveedores registrados tengan acceso a información clave a través del portal de compras.
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Ventajas y desafíos del trato directo para compradores y proveedores
Bien aplicado, el trato directo puede ofrecer ventajas de la contratación directa como agilidad administrativa, reducción de plazos frente a una licitación pública y posibilidad de acceder a servicios altamente especializados o soluciones con proveedor único que requieren rapidez o continuidad.
Para los proveedores, un trato directo puede traducirse en estabilidad de ingresos y consolidación de la relación con determinados organismos públicos, especialmente en servicios especializados, suministros críticos o mantenciones complejas.
Sin embargo, los riesgos del trato directo son relevantes: menor competencia abierta, potencial percepción de falta de imparcialidad, mayores probabilidades de objeciones de otros oferentes y foco de auditoría en materia de prevención de corrupción.
Por eso la normativa enfatiza la transparencia y la necesidad de fundamentar un trato directo con argumentos legales y técnicos sólidos, alineados con principios de probidad y buen uso de los recursos fiscales.
Claves para un trato directo exitoso y transparente
Para que el trato directo Mercado Público funcione como un verdadero procedimiento excepcional de compra y no como un foco de riesgo, la clave está en seleccionar correctamente la causal, documentar bien la justificación legal y respetar las reglas establecidas por la Contraloría y ChileCompra, garantizando el cumplimiento de requisitos y normativas que regulan esta modalidad de compra.
Desde la perspectiva de las pymes, entender estas reglas y gestionar de forma ordenada su participación como proveedores en tratos directos y licitaciones públicas les permite aprovechar mejor las oportunidades del sector público, especialmente si cuentan con herramientas financieras flexibles como las soluciones de Maxxa para asegurar liquidez y garantías en la contratación con organismos públicos.
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Preguntas frecuentes
¿En qué se diferencia licitación pública versus trato directo?
La licitación pública es el procedimiento general de competencia abierta con publicidad amplia de las bases y recepción de ofertas múltiples, mientras el trato directo es una modalidad excepcional de contratación singular con un solo proveedor, condicionada a causales específicas.
¿Se puede usar trato directo solo por conveniencia del organismo?
No; el uso del trato directo exige justificación legal y técnica, ajustada a las causales definidas en la Ley 19.886 y su reglamento, por lo que invocarlo solo por comodidad o rapidez administrativa es contrario a la normativa.
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Ana Fernández
Fundadora y estratega digital de Tu Contenido con más de 10 años impulsando el tráfico, la visibilidad y el revenue de marcas globales como Reddit y Adobe. Especialista en estrategias SEO que no solo posicionan, sino que convierten, enfocando el SEO hacia MRR, SQLs, CAC eficiente y visibilidad en ecosistemas AI-first.